En este nuevo capítulo de mi Blog pretendo comenzar a estudiar el Senado actual desde
sus raíces, y como no puede ser de otra manera la Constitución es un pilar esencial.
El Senado fue reinstaurado por la Constitución
de 1978 atendiendo a tres razones fundamentales: el peso de la historia
constitucional española, la oportunidad de contar con una cámara de segunda
lectura o reflexión y la aspiración de tener una cámara de representación
territorial.
En este post me voy a centrar en el primer elemento,
es decir, en la influencia que ha tenido la historia bicameral española en la configuración
de nuestro Poder Legislativo actual.
En la historia constitucional española ha sido un
fenómeno constante la ordenación del Poder Legislativo mediante un sistema
bicameral, a excepción de la Constitución de 1931. Esta tendencia histórica
influyó de manera decisiva a la hora de construir en la Constitución de 1978 el
nuevo Poder Legislativo que dio lugar a las Cortes Generales. La pauta del modelo actual
la marcó la Ley para la Reforma Política que restableció el sistema bicameral
de las Cortes Generales y, en su artículo segundo ponía de manifiesto que las
Cortes Generales se componían del Congreso de los Diputados y del Senado.
Las Cortes Generales son en
líneas generales una institución que se mantiene desde la Constitución de 1834,
pero fue en la Constitución de 1837 donde por primera vez se habló del Congreso
de los Diputados y del Senado, denominaciones que han llegado hasta hoy, fiel
reflejo de la importancia que la tradición histórica tiene para nuestras
instituciones. No obstante, es conveniente señalar que el Senado es una figura
que ha evolucionado y cambiado con el paso del tiempo y con la redacción de
nuevas constituciones. Por seguir con la Constitución de 1837, en su artículo
13 decía que «Las Cortes se componen de dos cuerpos Colegisladores, iguales en
facultades: el Senado y el Congreso de Diputados». Estudiando este
artículo podemos observar que el Senado con el paso del tiempo ha perdido mucha
fuerza, pues en la Constitución de 1837 quedaba equiparado al Congreso de los
Diputados mientras que en el tiempo presente el Congreso de los Diputados
ostenta una hegemonía total con respecto al Senado.
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